No Result
View All Result
El Sureste
  • Nacional
  • Política
  • Economía
  • CDMX
  • Salud
  • Internacional
El Sureste
No Result
View All Result
Home Nacional

Juez desecha amparo de expolicía implicado en la desaparición de los 43 de Ayotzinapa

El Sureste by El Sureste
agosto 17, 2024
in Nacional, Portada
0
Juez desecha amparo de expolicía implicado en la desaparición de los 43 de Ayotzinapa
0
SHARES
2
VIEWS
Share on FacebookShare on Twitter

Un juez federal desechó por extemporáneo, un amparo que el expolicía municipal de Huitzuco, Guerrero, Rodolfo Nava Ortiz, interpuso contra la prisión preventiva oficiosa que se le dictó en octubre de 2022 por el caso Ayotzinapa.

Y, es que de acuerdo con la Ley de Amparo, el plazo para que Nava Ortiz, solicitara la protección de la justicia federal era de 15 días, los cuales transcurrieron del 3 al 24 de noviembre de 2022, sin contar los inhábiles.

El exagente policial, señalado de participar en las agresiones contra los normalistas y los integrantes del equipo de futbol “Los Avispones», presentó la demanda de amparo hasta el 23 de julio de 2024, dos años después de que la juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo, le impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

Por lo anterior, el titular del Juzgado Noveno de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Juan Miguel Ortiz Marmolejo, declaró improcedente la demanda de amparo, tomando en cuenta que el plazo para promoverla era de 15 días contados a partir de que haya surtido efectos la notificación al quejoso de la resolución o acuerdo que reclame, además de que no se actualiza la causa de excepción.

“De un análisis integral de la demanda de amparo, permite a este juzgador advertir que la pretensión de la parte quejosa está encaminada a reclamar el acto que se hace consistir en: La resolución de veintinueve de octubre de dos mil veintidós, emitida en la causa penal ********, en la que se le impuso al quejoso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. En ese contexto, en el presente caso, este juzgador advierte que se actualiza la causa de improcedencia contemplada en la fracción XIV, del artículo 61, en relación con los diversos 17 y 18 de la Ley de Amparo, en tanto que el acto que se reclama se encuentra consentido tácitamente”, determinó el juzgador.

Tags: FeaturedPrincipal
Previous Post

Se registran mil 95 asesinatos en el país en los primeros 15 días de agosto

Next Post

Martí Batres hace llamado a 25 usuarios del Sacmex no domésticos a pagar deuda

El Sureste

El Sureste

Next Post
Martí Batres hace llamado a 25 usuarios del Sacmex no domésticos a pagar deuda

Martí Batres hace llamado a 25 usuarios del Sacmex no domésticos a pagar deuda

RECIENTES

ABANICO/ IA: por favor no escribas

ABANICO/ Carrera sin retorno: el futuro del retail

7 horas ago
SEGURIDAD INTEGRAL/ Extorsión, delito ascendente

SEGURIDAD INTEGRAL/ Capacitación antisecuestro frente a crimen más sofisticado y diverso

8 horas ago

GOBIERNO DE CALIDAD/ Conocer al cliente, clave en la monetización de la IA

8 horas ago
PORTAFOLIOS/ Crédito empresarial como estrategia de crecimiento

PORTAFOLIOS/ Lo que nadie dice del historial crediticio

8 horas ago
Avanzan hacia el ‘consenso interno’ consultas previas a revisión de T-MEC: Secretaría de Economía

Avanzan hacia el ‘consenso interno’ consultas previas a revisión de T-MEC: Secretaría de Economía

10 horas ago
  • Nacional
  • Política
  • Economía
  • CDMX
  • Salud
  • Internacional

Copyright © El Sureste

No Result
View All Result
  • Nacional
  • Política
  • Economía
  • CDMX
  • Salud
  • Internacional

Copyright © El Sureste