El presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Ricardo Monreal Ávila, comunicó al Pleno de la Cámara de Diputados el acuerdo de este órgano de gobierno para aplazar el análisis del dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral, con la finalidad de contar con un mayor periodo de reflexión, profundizar su estudio y construir los consensos.
En sesión del periodo extraordinario, el legislador afirmó que la reforma relativa a las causales de nulidad de votación recibida en casilla y de nulidad de elecciones federales, es indispensable, “pero soy abogado constitucionalista y cuido con escrupulosa actitud todos los procesos que llevamos a cabo”.
Indicó que el objetivo es que se satisfaga a todos, ya que, si bien tienen la mayoría, y al ser una ley secundaria podrían aprobarla, “creo que es tan importante esta ley que requiere del mayor consenso y, por eso, estoy dando un compás para ver si podemos lograr acuerdos más amplios”.
Ricardo Monreal sostuvo que primero debe aprobarse la reforma constitucional y hasta que se promulgue y se publique y entre en vigencia se puede modificar la ley secundaria”.
Expuso que si no se aprueba hoy “tendríamos solo 6 días para que se apruebe la reforma constitucional, se declare la constitucionalidad el lunes y no nos daría tiempo para aprobar la ley secundaria”.
La reforma secundaria, añadió, puede aprobarse en cualquier periodo extraordinario o la primera sesión, o las primeras sesiones de septiembre, “pero, repito, el efecto jurídico es que no se aplicará para el proceso electoral 2027, sino hasta la elección presidencial de 2030”.
Detalló que la reforma constitucional en materia de nulidad queda vigente, “porque se aprobó y falta la ley reglamentaria, pero como entra el periodo de veda en el que no puedes legislar una vez o tres meses antes de que inicie el proceso, entonces hasta que se apruebe la legislación secundaria es aplicable la norma constitucional”.
El también coordinador del grupo parlamentario de Morena reiteró que la reforma constitucional está aprobada, pero la nulidad de una elección tiene que ser regulada en la ley reglamentaria y “en tanto no se apruebe no puede aplicarse la nulidad de una elección, aunque ya haya base constitucional”.
Subrayó que corresponderá al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación valorar las pruebas y aplicar la sanción de la nulidad.
Finalmente, dijo que las adecuaciones a este marco jurídico cumplen una función central, al precisar los elementos constitutivos de las causales de nulidad, las cargas probatorias, los procedimientos aplicables y los criterios de determinancia que deben observarse para que la autoridad jurisdiccional califique la validez o invalidez de elección.






