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Autoridad fija obligaciones claras para organizadores y boleteras

El Sureste by El Sureste
febrero 16, 2026
in Nacional, Nacionales, Portada
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Autoridad fija obligaciones claras para organizadores y boleteras
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En medio del seguimiento al caso BTS, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en coordinación con la Secretaría de Economía, anunció una serie de lineamientos que buscarán garantizar mayor transparencia, certeza y protección a los asistentes de conciertos masivos en México.

Entre las disposiciones más relevantes destaca la obligación de informar de manera clara y con al menos 24 horas de anticipación a la primera venta de boletos los datos esenciales del evento: Lugar, fecha, horarios y artistas, según el tipo de espectáculo.

Esta información deberá estar disponible antes de que el público pueda adquirir las entradas, con el objetivo de evitar confusiones o cambios de último momento que afecten a los consumidores.

Asimismo, se exigirá que se publique el mapa o plano del recinto con las secciones que lo integran y el número de asientos disponibles en cada una. De esta manera, los compradores podrán conocer con precisión la ubicación y características del lugar que están adquiriendo.

Uno de los puntos centrales será el relativo al precio. Los lineamientos establecerán que se informe el monto total a pagar por sección desde el inicio del proceso de compra y que este no pueda incrementarse al momento de finalizar la transacción. Con ello, se busca frenar cargos inesperados o aumentos que generen inconformidad entre los usuarios.

En caso de cancelación del concierto masivo, los organizadores deberán informar de forma clara las vías para la devolución de la cantidad pagada, garantizando procesos ágiles y accesibles para el reembolso.

Además, se estipula que, con al menos 24 horas previas al inicio del concierto, los organizadores tendrán que notificar cualquier modificación a las condiciones o características previamente publicadas del evento, fortaleciendo así el derecho a la información.

Otro aspecto relevante es la prohibición de aplicar una preselección automática de servicios complementarios. Cualquier servicio adicional deberá ser estrictamente opcional, evitando que los consumidores paguen por conceptos que no hayan elegido expresamente.

PROCEDIMIENTO EN CURSO
En paralelo, la Profeco informó que el 11 de febrero la empresa proveedora respondió a la notificación realizada en el marco del Procedimiento por Infracción a la Ley (PIL) contra Ticketmaster. Conforme al procedimiento, tiene hasta el 17 de febrero para presentar sus alegatos.

Una vez concluido ese plazo, la autoridad contará con 15 días hábiles para emitir la resolución administrativa, tras analizar los argumentos presentados y determinar si procede algún ajuste en el monto de la multa.

Asimismo, se notificó formalmente a plataformas de reventa como StubHub y Viagogo, mientras que en el caso de Helloticket se realizará la notificación física en su domicilio de representación en territorio nacional para iniciar el procedimiento correspondiente.

Con estas acciones, la autoridad busca sentar un precedente en la regulación de eventos masivos y reforzar la defensa de los derechos de los consumidores en el mercado del entretenimiento.

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